Servicio de Pasaje por Plataformas Digitales se Debe Apegar a la Ley de Movilidad y Transporte

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  • Taxistas de la Costa, Sierra y Frontera afirman que no se oponen, siempre y cuando se cumpla con lo que establece la ley
  • Dejaron en claro que solo se debe permitir la circulación de aquellas unidades que cuenten con concesión

Tapachula, Chiapas, 26 de octubre de 2021.- La mañana del martes, taxistas de los municipios de la Costa, Sierra y Frontera de Chiapas sostuvieron una reunión en las instalaciones del Sitio de Radiotaxis Cristóbal Colón de Tapachula, en donde fijaron su postura en torno al tema del servicio de transporte público a través de las llamadas plataformas tecnológicas, afirmando que no se oponen a este tipo de servicio, sólo que sí exigieron que quienes pretenden trabajar en esa modalidad, deben apegarse a la actual Ley de Movilidad y Transporte en el estado de Chiapas, publicada en el periódico oficial 134 de fecha 28 de octubre del 2020.

Por ello, fijaron su postura de cerrar filas entre todos los concesionados y organizaciones adheridas al Frente de Transporte Estatal y Federal, para no permitir que unidades particulares den el servicio público de pasaje a través de plataformas tecnológicas, sin tener una concesión.

Así también, manifestaron los interesados en prestar ese tipo de servicio, deben tener antecedentes, cumplir con requisitos, dar capacitación a los choferes, realizar revisiones mecánicas de las unidades, además de pagar impuestos, por lo que externaron que en todo momento respaldarán a la Secretaría de Movilidad y Transportes y demás autoridades, encargadas de aplicar las sanciones correspondiente a quienes no se apeguen a la normativa.

Por ello, los secretarios generales de los diferentes sitios de taxis de la región Costa, Sierra y Frontera que cubren rutas en Pijijiapan, Mapastepec, Acapetahua, Acacoyagua, Escuintla, Villa Comaltitlán, Huixtla, Tapachula, Tuxtla Chico, Cacahoatán y Suchiate adheridos al Frente de Transporte Estatal y Federal, reconocieron que el sector trasporte tiene la necesidad de renovarse y actualizase, de acuerdo a las necesidades de los tiempos modernos, por lo que no están en contra del uso de plataformas tecnológicas digitales enmarcadas dentro del derecho y que den certeza a los usuarios, que al final son quienes deciden qué servicio usar.

Para tal efecto, hicieron referencia al Capítulo II, Artículos 113, 114, 115, 116 y 117 de la Ley de Movilidad y Transporte, en la que expresa de manera clara y detallada que para ofertar el servicio se tiene que hacer con unidades concesionadas, limpias, climatizadas y capacitar a los choferes para efectos de un excelente trato a los usuarios.

Entre otras cosas, se debe tener coordinación con la FGE el método para presentar los padrones de sus conductores y verificar ante los archivos de la misma, con la finalidad que los conductores no tengan antecedente o precedente ministerial, lo cual abonará a garantizar la seguridad que el usuario requiere del servicio público de pasaje.

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